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Notificación por aviso a Luis Ángelo Salas Hernández de solicitud aceptación o repudiación herencia

En causa Rol V-110-2025, del 3º Juzgado Civil de San Miguel, caratulada “SALAS/”, procedimiento voluntario sobre citación para aceptar o repudiar herencia, doña Olga Lidia Salas Castro, doña Jeannette Soledad Salas Castro, don Joshua Maicol Andrés Reyes Castro, doña Asly Yuliana Reyes Beltrán y don Benjamín Maximiliano Reyes Beltrán, estos dos últimos representados por su madre doña Katherine Nicole Beltrán Villalón, todos domiciliados para estos efectos en Quinta Avenida N° 1437, oficina 505, comuna de San Miguel, e individualizados como herederos de don Raúl Fernando Salas Arancibia y de doña María Nelly Castro Poblete, deducen solicitud en contra de don Luis Ángelo Salas Hernández, heredero por representación de su padre don Manuel Fernando Salas Castro, a fin de que manifieste si acepta o repudia los derechos hereditarios que le corresponden en dichas sucesiones, relativos al inmueble ubicado en Pasaje Cabo Bolívar N° 13642, Lote 11, manzana G, Población El Castillo, comuna de La Pintana. Fundan su interés en la existencia de una comunidad hereditaria sobre el referido bien raíz y en la necesidad de obtener definición del llamado a heredar para poder proceder a la administración y eventual partición de la comunidad, al amparo de los artículos 1232 y 1233 del Código Civil y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. Por resolución de 02 de junio de 2025, el tribunal tiene por iniciada la solicitud de declaración de aceptación o repudiación de herencia y ordena que don Luis Ángelo Salas Hernández comparezca a declarar, dentro de los cuarenta días siguientes a su notificación, si acepta o repudia la herencia, bajo apercibimiento de entenderse que la repudia en caso de constituirse en mora, conforme al artículo 1233 del Código Civil. Se tiene por acompañados los documentos fundantes, por presentado el patrocinio y poder, y se ordena oficiar vía interconexión al Servicio de Registro Civil e Identificación para que informe acerca de las personas que posean presuntamente la calidad de herederos de los causantes y de los testamentos otorgados que consten en el Registro Nacional de Testamentos, haciéndose presente que la parte interesada debe instar por el pronto y debido diligenciamiento del oficio. Mediante resolución de fecha 16 de marzo de 2026 se ordenó notificar por aviso a don Luis Ángelo Salas Hernández conforme a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil mediante extracto. Secretario.


Fecha de publicación: 31/03/2026

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